Control del agua potable en el grifo del consumidor. Principales incidencias y recomendaciones a la ciudadanía

Introducción

Con la entrada en vigor del R.D. 140/2003, de 7 de febrero (BOE 21-02-2003), por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano, se fijan parámetros y valores paramétricos a cumplir en el punto donde se pone el agua de consumo humano a disposición del consumidor. Estos valores se basan principalmente en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, y en motivos de salud pública aplicándose en algunos casos, el principio de precaución para asegurar un alto nivel de protección de la salud en la población.

Control de la calidad del agua de consumo

El control de la calidad del agua de consumo se fija en tres niveles:

  • El AUTOCONTROL: es responsabilidad en el caso del municipio de Madrid del Gestor (Canal de Isabel II), que es el responsable del abastecimiento del agua de consumo humano, incluyendo la captación, tratamiento y distribución hasta el punto de entrega al consumidor (acometida de las edificaciones).
  • La VIGILANCIA SANITARIA: es responsabilidad de la administración sanitaria competente (Comunidad de Madrid).
  • El CONTROL EN EL GRIFO DE CONSUMIDOR: es competencia municipal.

Control en el grifo del consumidor en el municipio de Madrid

En el caso de Madrid capital, el Ayuntamiento de Madrid realiza el control del agua en grifo del consumidor a través del Instituto de Salud Pública (Madrid Salud).

Tanto de oficio, como en caso de reclamación del ciudadano por detectar cualquier tipo de incidencia que afecte a la calidad del agua de consumo, desde Madrid Salud se realizan tomas de muestras de agua en grifo por inspectores debidamente identificados y cualificados, trasladándose dichas muestras al Laboratorio de Salud Pública para su análisis, siguiendo unos elevados criterios de calidad analítica (Norma ISO 17025).

Parámetros a controlar: siguiendo lo establecido en el artículo 20 del R.D. 140/2003, de 7 de febrero, los parámetros a analizar son:

Determinación
Conductividad a 20ºC (μS/cm)
Amonio (mg/l)
Nitritos (mg/l)
Cloro libre residual (mg/l)
Cloro combinado residual (mg/l)
pH (uni. pH)
Turbidez (UNT)
Oxidabilidad al permanganato, expresado en oxígeno (mg/l)
Color (mg Pt/l)
Olor (sin unidad)
Sabor (sin unidad)
Hierro (µ/l)
Recuento de coliformes totales (ufc/100ml)
Recuento de Escherichia coli (ufc/100ml)

Principales incidencias que pueden ocasionar una alteración de la calidad del agua en grifo del consumidor y recomendaciones a seguir:

Entre las causas más frecuentes de avisos a este servicio de control de aguas de consumo del Instituto de Salud Pública, se encuentran las siguientes:

  • Aparición de color y turbidez en el agua, por liberación de hierro de tuberías antiguas de este material, ocasionado el rechazo por parte del consumidor. Normalmente esta situación no entraña riesgos de salud pública, recomendándose sustituir las tuberías por otras de material autorizado.
  • Presencia en las instalaciones interiores de tuberías de plomo, material muy utilizado en las edificaciones construidas con anterioridad a 1980. En este caso, el Real Decreto antes mencionado, establece que “antes del 1 de enero de 2012 se llevarán a cabo las reformas y adaptaciones necesarias en las instalaciones interiores de edificios públicos y establecimientos con actividad pública o comercial, así como, en las redes de distribución públicas o privadas, derivadas de las exigencias respecto a los materiales que puedan suponer un riesgo a la salud pública”, como es el caso del plomo. Desde Madrid Salud se ha editado un folleto titulado El plomo en el agua de consumo, que recoge recomendaciones a seguir en el caso de disponer de tuberías de plomo.
  • Presencia en edificaciones, tanto públicas como privadas, de depósitos interiores que pueden provocar problemas para la salud pública (por falta de limpieza, de protección o de uso). Es de destacar que estos depósitos deben estar cerrados, alejados de focos de contaminación o de calor y nunca ubicados en las azoteas de los edificios. También deberán estar sometidos a un mantenimiento de conservación, limpieza y desinfección, que deberá ser al menos de periodicidad anual y siguiendo lo establecido en el artículo 11 del citado R.D. 140/2003.
  • Accidentes ocasionados por una mala conexión entre el circuito de agua potable y otros circuitos de agua no potable de la edificación (agua antiincendios, circuito de agua de los radiadores, circuito de agua de torres de refrigeración, etc.), pudiéndose producir, por la rotura de una válvula antirretorno o por inexistencia de ésta, o bien por un mal diseño en las conexiones de ambos circuitos de agua, un reflujo de agua no potable a la red interior de agua de consumo. En tal caso, se detectaría una alteración del agua del grifo, pudiendo aparecer hierro, restos de materia orgánica, sedimentos y colores anómalos, e incluso aumento de la temperatura de la misma, entonces debe suspenderse el consumo de agua hasta que la situación normal no sea restablecida por un técnico competente, y una vez solucionada la causa que dio origen a la entrada de agua no potable, deben purgarse todos los grifos, dejando correr el agua el tiempo suficiente hasta que se eliminen de ella todos los residuos y las analíticas del agua sean correctas.
  • Otras posibles incidencias que se han dado han sido ocasionadas por el reflujo de agua con abrillantador o detergente procedente del agua de lavado de un lavavajillas o de una lavadora, hacia la red de agua potable, debido a una succión desde la misma por una bajada en la presión de la red. En estos casos, el agua del grifo puede aparecer con espuma (procedente de los detergentes) y con coloraciones verde-azuladas (por el abrillantador), así como con restos de materia orgánica y temperatura anormalmente elevada. En tales casos, el accidente suele producirse por carecer el electrodoméstico implicado de válvula antirretorno, o por un deterioro de ésta. La situación será solventada por un técnico en electrodomésticos, y posteriormente debe procederse a la purga de todos los grifos, dejando correr el agua hasta la total eliminación de residuos.

Campaña de información al ciudadano

Desde Madrid Salud (Ayuntamiento de Madrid), se ha editado el folleto El plomo en el agua de consumo, el cual puede descargar desde esta página web, así como solicitarlo en su Junta Municipal de Distrito (Departamento de Servicios Sanitarios, Calidad y Consumo) o en Madrid Salud (Departamento de Inspección Central, Aguas de Consumo y Transporte Alimentario).

¿DÓNDE PUEDO DIRIGIRME EN EL CASO DE DETECTAR ALGUNA INCIDENCIA QUE AFECTE A LA CALIDAD DEL AGUA DEL GRIFO?

Puede dirigirse:

  • Al Departamento de Servicios Sanitarios, Calidad y Consumo de su Junta Municipal de Distrito.
  •  MADRID SALUD (Ayuntamiento de Madrid): Departamento de Inspección Central, Aguas de Consumo y Transporte Alimentario. – e-mail: mspinspeccion@madrid.es

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